La Federación Latinoamericana de Magistrados (FLAM) reunida en asamblea general ordinaria en Lima, Perú, el 21 de abril de 2016, ha tenido conocimiento de la situación de los Poderes Judiciales de sus países miembros, por lo que deviene en necesario reiterar la imperiosa condición de contar con jueces y juezas independientes en el ejercicio de su función jurisdiccional, como derecho fundamental de la persona justiciable y a su vez, como la más alta garantía para mantener el Estado Democrático de Derecho.

Descargar documento: DECLARACIÓN DE LIMA 2016

Denunciamos que los países a los que pertenecen las organizaciones afiliadas a la FLAM, sufren condiciones similares y permanentes que atentan de forma agresiva y progresiva contra la independencia judicial, por lo que, bajo los principios constitutivos de la Federación, proponemos soluciones unitarias que conlleven a la protección de esa independencia.

Así, reafirmamos que la independencia judicial debe contar con condiciones necesarias que permitan al juez o jueza plena imparcialidad en su labor, sin verse sometido a presiones internas o externas que le generen temor de enfrentar   consecuencias arbitrarias o ilegales derivadas de su decisión.

Forma parte de los requisitos de una judicatura independiente, el aseguramiento de autonomía financiera que permita a cada Poder Judicial, el abordaje de sus tareas de manera eficiente y garantizando en todo momento el acceso a una tutela judicial efectiva, sin que esto dependa de la voluntad política de aprobación de los fondos públicos para la administración de justicia. Especialmente Uruguay, Perú, México y República Dominicana, enfrentan deficiencias presupuestarias en la asignación de recursos, que imposibilita una adecuada gestión.

Aunado al punto anterior, es indispensable para garantizar la estabilidad como elemento esencial de la independencia judicial, que las remuneraciones de las personas que administran justicia tengan relación directa con la responsabilidad y dignidad de su cargo, tanto en el plazo de labor activa como en el periodo jubilatorio y es por eso que la FLAM, apoya a la Asociación de Magistrados del Paraguay, Perú, Panamá y Nicaragua en sus acciones tendientes a reivindicar el aumento salarial.

Desde otra perspectiva de la garantía de estabilidad e inamovilidad en la judicatura, como requisito de independencia judicial, es imperiosa la exigencia de una carrera judicial que garantice procedimientos objetivos de nombramiento, evaluación, traslado y remoción, siendo ésta última condición solo autorizada mediante la garantía del debido proceso disciplinario, eliminando toda arbitrariedad, subjetividad o discrecionalidad, impidiendo además que los procesos de investigación en contra de las personas juzgadoras se conviertan en elemento de presión o injerencia indebida sobre las decisiones de los jueces y juezas.

La Asamblea de la FLAM observa que existe un aumento preocupante de los fenómenos de interferencia al interior de los distintos poderes judiciales latinoamericanos, por el uso o abuso de la potestad disciplinaria, mediante causas en las que se violenta el principio de inocencia del Juez o Jueza y del debido proceso, en las que se cuestiona el contenido de decisiones jurisdiccionales que resultan adversas a los gobiernos de turno o a grupos de poder político o económico. Costa Rica, República Dominicana, Chile y El Salvador no escapan a ésta crítica.

Reafirmamos que el ejercicio de la potestad disciplinaria del Estado en cabeza del Poder Judicial, no puede ser utilizado como instrumento para controlar la actividad jurisdiccional, imponiendo las valoraciones o intereses del órgano sancionador. Por lo dicho debe revisarse el funcionamiento independiente o no de los órganos disciplinarios y proponer los correctivos.

En este sentido Costa Rica, Panamá y El Salvador, denuncian la apertura de oficio de procedimientos disciplinarios a jueces y juezas por el contenido de sus resoluciones, en ocasiones motivados por los medios de comunicación.

En el caso de El Salvador, denuncian que los procesos disciplinarios, no prescriben ni caducan, por no encontrarse legalmente previstos.

La Federación Latinoamericana de Magistrados fue puesta en conocimiento del Proceso Disciplinario que se abrió a los Magistrados Delia Carrizo de Martínez, Idalides Pinilla Guzmán y Juan Francisco Castillo, quienes aseguran ser perseguidos y acosados al tomar una decisión dentro de un proceso judicial.   Costa Rica denuncia la creciente apertura de procedimientos disciplinarios de oficio, mediante la aplicación del artículo 199 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por el cual se abre la posibilidad de sancionar a jueces y juezas por el contenido de sus resoluciones, tal es el caso más reciente del Juez Carlos Sánchez, a quien se le abrió causa disciplinaria por la aplicación del control de convencionalidad en un proceso de familia, siendo que el reproche deviene más ideológico que jurídico.

Por otra parte, la Asamblea de la FLAM considera de suma gravedad, la situación crítica por la que atraviesa la judicatura hondureña, en la que se ha concentrado el poder de nombramiento y remoción arbitraria de jueces y juezas, en cabeza del presidente del Poder Judicial, debido a la inconstitucionalidad declarada de la ley del Consejo de la Judicatura y actos de corrupción relacionados con los integrantes del mismo Consejo, lo cual devino en la renuncia de todos ellos.

Reafirmamos la necesidad de contar con órganos democráticos, objetivos e independientes que acuerden y ejecuten políticas de reforzamiento de la independencia judicial.

Reafirmamos también la necesidad de contar con los espacios eficientes, democráticos, participativos y representativos en el gobierno judicial de cada país, como condición necesaria para mantener una judicatura activa y propositiva en el mejoramiento de la administración de Justicia. Atinente a esto, Costa Rica señala que el gobierno judicial de su país no ha respetado las nóminas de jueces y juezas electos al interior de la Asociación Costarricense de la Judicatura, para ocupar el cargo de representante de la judicatura en el Consejo Superior, por lo que se insta a que en el actual proceso de elección para el puesto de titular y suplente, sea considerada la nómina enviada por la ACOJUD.

La seguridad en el ejercicio de la función jurisdiccional sigue siendo una tarea pendiente en nuestro continente. La República Argentina se encuentra en una etapa de transición, con un nuevo gobierno que se ha comprometido con la defensa de la independencia judicial; sin embargo, se han suscitado amenazas en contra de la vida y la integridad de un juez y un fiscal de éste país, en razón de las investigaciones contra ex funcionarios y empresarios afines a ellos.

Es responsabilidad de los poderes del Estado asegurar que los jueces y juezas latinoamericanos, puedan desarrollar sus labores jurisdiccionales en condiciones que garanticen la integridad física y psicológica de aquéllos y sus familias. Resulta repudiable que los miembros de la judicatura, sigan siendo víctimas de actos de violencia con intenciones de obligarlos a desacatar su rol de garante de los derechos humanos.

Las situaciones lamentables indicadas, constituyen una trasgresión flagrante a los principios e instrumentos internacionales que consagran la independencia judicial como único norte que asegura la igualdad e imparcialidad ante los juzgamientos por los Tribunales de Justicia, tal como lo reseña la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Declaración Americana sobre los Derechos y Deberes del Hombre, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, fuentes normativas respecto a las cuales la FLAM mantiene y refuerza su más fuerte compromiso.

POR ESTAS CONSIDERACIONES SE DECLARA:

Que, vistas las condiciones en que se desarrolla la actividad jurisdiccional en América Latina y el Caribe, nos dirigimos a los gobiernos, Cortes Supremas y Órganos de Gobierno Judiciales de los países miembros de la FLAM, en lo que compete, y por tanto:

1.- Exhortamos al gobierno de Honduras que en vista de la coyuntura actual que llevó a la renuncia de los cinco miembros del primer Consejo de la Judicatura, por investigaciones de actos irregulares entre los cuales se encontraban violaciones reiteradas a la independencia judicial y la declaración de inconstitucionalidad de la Ley del Consejo de la Judicatura, la Federación Latinoamericana de Magistrados se pronuncia a efecto que las situaciones que afectaron a los jueces hondureños se corrijan, impulsando procesos de selección y promoción transparentes, respeto al derecho de defensa de los jueces en los procedimientos disciplinarios

En el caso de Panamá y Costa Rica, la Federación Latinoamericana de Magistrados exhorta a que los procesos disciplinarios abiertos a los Magistrados panameños Delia Carrizo de Martínez, Idalides Pinilla Guzmán y Juan Francisco Castillo, así como al magistrado costarricense Carlos Sánchez, se les garantice el debido proceso constitucional e imparcialidad del órgano disciplinario.

La Federación latinoamericana de Magistrados manifiesta su profunda preocupación y rechazo ante la indebida injerencia a la que vienen siendo sometidos los señores Jueces de la República Oriental del Uruguay en el ejercicio de sus funciones, pretendiendo el poder político vulnerar la independencia propia del ejercicio de la función jurisdiccional, sustentada en el principio de separación de Poderes y garantía de la función jurisdiccional del Estado de derecho y de la ciudadanía toda.

2.-La delegación argentina ha denunciado las amenazas anónimas dirigidas al Sr. Juez Federal, Dr. Claudio Bonadío, y al Sr. Fiscal Federal, Dr. Guillermo Marijuán, a causa de investigaciones que desarrollan por delitos de corrupción relacionados con ex funcionarios públicos y empresarios vinculados a éstos.

Esta Federación Latinoamericana declara su más enérgica condena y repulsa y exige de las autoridades nacionales de ese país el esclarecimiento de esos hechos y la preservación del ejercicio de la función judicial independiente, con la adopción de las medidas adecuadas para custodiar la seguridad personal de los magistrados y sus familias.

3.- Instamos a las autoridades competentes de los países de América Latina a desarrollar sistemas que garanticen la independencia judicial mediante el aseguramiento del acceso, permanencia y cese en los cargos judiciales conforme a parámetros de mérito y desempeño que eliminen todo espacio de arbitrariedad.

4.- Requerimos a las autoridades políticas de nuestro continente el establecimiento de sistemas presupuestarios y remunerativos que permitan el desarrollo de las tareas jurisdiccionales en condiciones materiales adecuadas, asegurando la autonomía de nuestros Poderes Judiciales, así como remuneraciones dignas y coherentes con la función jurisdiccional.

La FLAM apoya en este sentido la lucha emprendida por la Asociación de Magistrados Judiciales del Paraguay, en cuanto a la dignificación de sus remuneraciones. Instamos a los tres Poderes del Estado Paraguayo, se sirvan considerar la situación actual por la que atraviesan los magistrados. También se pronuncia en apoyo a las gestiones que realizan para que la Corte Suprema de Justicia, valore y escoja de la nómina enviada por la Asociación del Paraguay (integrada por Jueces y Juezas electos democráticamente por sus pares) para la elección del miembro titular y suplentes del Consejo Superior del Poder Judicial.

5.- La FLAM apoya las gestiones que realiza la Asociación de Magistrados del Perú, para que el régimen jubilatorio de los magistrados cesantes y jubilados, se regularicen aplicando los criterios de la cédula viva, es decir, el magistrado que cesa, tenga el derecho de percibir la misma remuneración que un magistrado del mismo escalafón en actividad.

La FLAM respalda a los magistrados peruanos en su derecho a la estabilidad en sus cargos aun cuando pueda modificarse el régimen político en el próximo proceso electoral, así como las gestiones que realiza ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos respecto de sus remuneraciones devengadas.

La delegación de Puerto Rico reclama se respete la autonomía fiscal del Poder Judicial lograda en el 2002 y dejada en suspenso en el 2014. Rechazamos cualquier legislación que vulnere, lacere y mancille la independencia judicial teniendo su presupuesto a la merced política.

 

DIRECTORIO DE LA FEDERACIÓN LATINOAMERICANA DE MAGISTRADOS

 

OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCANTARAPRESIDENTE  NORMA IRIS COTOSEGUNDA VOCAL 
ADRIANA OROCU CHAVARRIAPRIMERA VICEPRESIDENTA  RAFAELA INES URROZ GUTIERREZTERCERA VOCAL 
FLAVIA DA COSTA VIANASEGUNDA PRESIDENTA  ALEXIS LOPEZ ALIAGA VARGASSECRETARIO GENERAL 
 ALEJANDRO VERA QUILODRANPRIMER VOCAL