Trabajo conjunto permitió elaborar un valioso insumo para la discusión parlamentaria.
La Comisión de Derechos Humanos y Género y la Comisión de Infancia de la ANM, en un trabajo conjunto y con el fin de buscar el respeto y visibilización de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, elaboraron un informe sobre el proyecto de Ley de identidad de Género que actualmente se discute en el Congreso Nacional (Boletín 8924-07).
Según explicó la Secretaria de la Comisión de DDHH y Género de la ANM, Susan Sepúlveda, “este informe propone a la Comisión Mixta del Congreso la inclusión de los niños, niñas y adolescentes en reconocimiento a diversos derechos que les son propios. Se plantea que excluir a priori a los niños, niñas y adolescentes constituye un acto discriminatorio que carece de razonabilidad y justificación, toda vez que se trata de sujetos de derechos y, por lo tanto, también titulares de derechos procesales; de manera tal que las restricciones o limitaciones a su ejercicio, promueven discriminación y generan distinciones que carecen de sustento jurídico”.
Enseguida, el texto se hace cargo del derecho fundamental de acceso a la justicia, que implica la obligación del Estado de implementar una institucionalidad que permita desarrollar y mantener mecanismos de protección de los derechos en el derecho interno; mecanismos que, tanto judiciales como administrativos, son determinantes para el efectivo respeto y garantía de los derechos humanos, especialmente de los grupos en condicionales de vulnerabilidad.
Para las comisiones, la exclusión de los NNA no aparece como una medida necesaria ni proporcional, en relación a otros derechos que puedan plantearse como susceptibles de ser protegidos por medio de esta restricción. En este caso, por el contrario, a juicio de Infancia y DDHH, las consecuencias son la invisibilización –una vez más- de los NNA dentro de la sociedad y su consideración como sujetos de derechos que es lo pretendido por la Convención Internacional de los Derechos del Niño y que, además, se encuentra en concordancia con las demás convenciones internacionales sobre Derechos Humanos.
Finaliza el informe coincidiendo con las observaciones realizadas por el Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas el 30 de octubre de 2015 al Estado de Chile en cuanto a que deben redoblarse los esfuerzos destinados a combatir las actitudes negativas y eliminar la discriminación de que son víctimas los niños como consecuencia de su identidad de género y que se reconozca el derecho a la identidad de los niños y niñas transgénero; las que se fueron efectuadas por la inexistencia en nuestro ordenamiento jurídico de una ley que regule y permita a los NNA cambiar su nombre y sexo registral cuando éste no sea concordante con la identidad de género auto-percibida, cuestión que se mantendría en caso de ser excluidos de este importante proyecto de ley impidiéndoles poder ser tratados en todos los ámbitos de su vida por el nombre y género con el que se identifican (salud, educación, justicia, etc.) e incluso más, viéndose impedidos de ser incorporados en políticas públicas relacionadas con las personas trans.