Señor Director:
La comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización del Senado ha decidido incorporar a los jueces de garantía en los consejos comunales de seguridad ciudadana. La decisión es un error, y por cierto no ha sopesado correctamente el papel que cumple el juez en un Estado de Derecho, las barreras constitucionales que impiden decretar por ley una medida de esa naturaleza y la severa lesión que significaría su realización para la imparcialidad e independencia de la función judicial.
La Asociación de Magistrados ha tenido como norte principal la cautela de la independencia externa e interna de la función judicial, como garantía ciudadana y presupuesto del debido proceso y, por ello, no puede sino oponerse a tal medida. Su materialización significaría vincular orgánicamente a los jueces a una agenda político-institucional determinada, frente a la cual, por expreso mandato constitucional y legal, estamos llamados a ser terceros imparciales.
Sería como poner a jueces laborales en las reuniones preparatorias de negociación colectiva asesorando a los sindicatos, o en una comisión empresarial destinada a promover políticas de “flexibilidad laboral” a fin de estimular el “crecimiento y la empleabilidad”, para luego, sentarlos a resolver “imparcialmente” los conflictos entre trabajadores y empleadores.
Confiamos en que prime la cordura de la mano de la claridad acerca de lo que es posible y lo que no en un Estado democrático.
Álvaro Flores Monardes
Presidente Asociación Nacional de Magistrados de Chile