La Asociación Nacional de Magistrados (ANM), presentó hoy ante el Tribunal Constitucional (TC) un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los números 3º y 8º del artículo 1º de la Ley 20.975 que en noviembre del año pasado otorgó un reajuste de remuneraciones del 3,2% a los Trabajadores del Sector Público y que excluyó a todos quienes percibieran una renta líquida mensual superior a 4.4 millones, afectando con ello a unos 1.100 jueces de todo el país.
En concreto, la acción pide al Tribunal Constitucional que declare inaplicables los incisos 3º y 8º del artículo 1 de la Ley 20.975 por estimarse que conculcan el derecho a la igualdad ante la ley y que el legislador ha establecido diferencias arbitrarias al excluir a los jueces del reajuste salarial del sector público y que conlleva una discriminación arbitraria como un trato desigual carente de justificación objetiva y razonable, que conculca los derechos de personas que se encuentran en una misma situación jurídica. De acogerse el requerimiento, el TC ordenará a la CAPJ que inaplique la ley, por inconstitucional, en aquella parte que excluye salarios superiores, por afectar el principio constitucional de no discriminación, y, como consecuencia, deberá ordenar el pago del reajuste.
El proceso (gestión pendiente) que dio lugar a este requerimiento es el recurso de protección caratulado “Asociación Nacional de Magistrados de Chile con Corporación Administrativa del Poder Judicial” (Rol 2270-2017 de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago); actualmente en tramitación y declarado admisible por resolución de la Corte Suprema de 8 de febrero de 2017.
Cabe señalar que este requerimiento de la ANM es patrocinado por los abogados Hernán Bosselin y Ramón Briones y que similar acción fue presentada hoy también por la Asociación de Fiscales del Ministerio Público, en acción paralela, (originado en un recurso de protección aparte).